AYUNTAMIENTO | LEGISLACIÓN
Javier Sánchez, concejal de Medio Natural, recuerda la vigencia de la actual Ordenanza de Comportamiento Cívico, para proteger la salubridad de la ciudad y la salud de los vecinos
- Desde la concejalía se apuesta decididamente por poder hacer compatibles el derecho al disfrute de la ciudad con el respeto a los demás y al entorno urbano que nos rodea
luis bonete / almansa La Tribuna de Albacete
El tema de la gestión que los vecinos hacen habitualmente de las basuras y residuos, preocupa en el departamento de Medio Ambiente, y por esa razón, el titular del área, el concejal Javier Sánchez, recordó ayer para La Tribuna de Albacete, algunos de los aspectos más relevantes que, en materia de gestión de residuos, se contienen en el articulado de la Ordenanza de Comportamiento Cívico, aprobada por la Corporación almanseña el pasado mes de abril.
Según explicó Sánchez, el objetivo fundamental que persigue la Ordenanza de Comportamiento Cívico es «preservar el espacio público como un lugar de convivencia y civismo, conjugar el derecho al disfrute de nuestra ciudad y nuestro ocio con el respeto a los demás y al entorno que nos rodea; espacios públicos en los que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, de reunión, de encuentro, de ocio y de recreo».
NORMATIVA. Javier Sánchez incidió ayer en diversas aspectos respecto del depósito de los residuos, «estamos ante una necesidad de preservar los espacios públicos y proteger la seguridad, salubridad y salud pública, así como la imagen de la ciudad y el derecho de todos a disfrutar de un espacio público limpio y no degradado», dijo.
En este contexto, el edil responsable de Medio Ambiente recordó que, «no está permitido con carácter general arrojar o depositar residuos y desperdicios de cualquier tipo en los espacios públicos incluida la red de alcantarillado, los solares y demás terrenos debiendo utilizarse los contenedores dispuestos a tal efecto o, en su caso, los sistemas específicos de recogida y depósito de residuos especiales», subrayó.
Por otro lado, Sánchez hizo un llamamiento a los vecinos a hacer un uso correcto del depósito de residuos, y puso de manifiesto algunas cuestiones relevantes como que: está totalmente prohibido depositar en los contenedores de recogida selectiva (papel cartón, envases, vidrio, ropa, aceites de cocina, etc.) y en los de residuos orgánicos y resto, cualquier residuo distinto a la finalidad y destino de cada uno de ellos.
No está permitido depositar en el interior de los contenedores cualquier residuo líquido, tampoco el arrojar cualquier tipo de residuos desde los vehículos, ya sea en marcha o cuando se encuentren detenidos.
Constituyen infracción al régimen de gestión de residuos la realización de las conductas no permitidas y la vulneración de las normas descritas en la Ordenanza. Las infracciones del presente capítulo por la realización de las conductas descritas en los números 11 y 12 del artículo 16 tienen la consideración de infracciones leves que serán sancionadas con multa de hasta 500 euros.
En caso de reiteración las infracciones tendrán la consideración de graves. que serán sancionadas con multas que oscilan entre los de 501 a 1500 euros.
LOS DATOS
>contenedores: No está permitido el desplazamiento de los contenedores del lugar fijado debiendo en caso de ser necesario su desplazamiento o traslado contar con la correspondiente autorización municipal.
>reciclaje: Queda prohibido depositar en los contenedores de recogida selectiva (papel cartón, envases, vidrio, ropa, aceites de cocina, etc.) y en los de residuos orgánicos y resto, cualquier residuo distinto a la finalidad y destino de cada uno de ellos.
>respeto: Los ciudadanos tienen la obligación de depositar los residuos sólidos en papeleras y en los contenedores correspondientes conforme a la finalidad y destino de los mismos, respetando las normas de utilización establecidas.
>alcantarillado: No está permitido con carácter general arrojar o depositar residuos y desperdicios de cualquier tipo en los espacios públicos incluida la red de alcantarillado, los solares y demás terrenos.
>horario: La basura domiciliaria y los residuos de la misma naturaleza generados en establecimientos públicos y privados deberá ser introducida, dentro del horario fijado por el Ayuntamiento.
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