EL ARCHIVO de la causa abierta a Baltasar Garzón por cohecho impropio tras haber recibido 1,2 millones de dólares de grandes compañías para financiar sus actividades en Nueva York es una pésima noticia para la Justicia y vuelve a poner sobre la mesa el absurdo criterio que la ley establece para la prescripción de los delitos. Dado que el último pago para los cursos del juez se produjo el 17 de mayo de 2006 y la querella contra él se presentó el 12 de junio de 2009, el plazo para poder juzgarle por cohecho impropio -único delito que ha advertido el instructor del Supremo- se superó en 25 días. Eso obligó ayer a Manuel Marchena, el mismo magistrado de la Sala Penal del Alto Tribunal que vio indicios para inculpar a Garzón, a tener que declarar el archivo de la causa por haberse extinguido la responsabilidad penal.
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Es un sinsentido que una simple infracción tributaria tenga en España un plazo de prescripción de cuatro años y un delito de cohecho, infinitamente más grave, sólo tuviera tres cuando sucedieron los hechos. En nuestras 100 Propuestas para la regeneración democrática ya solicitamos replantear los plazos de prescripción.
En el caso de los pagos a Garzón, los abogados que ejercieron la acción popular le acusan también por prevaricación y extorsión, delitos que no habrían prescrito. Por eso es posible que su recurso al archivo pudiera incidir en la comisión de alguno de esos tipos penales.
En realidad, la descripción de hechos por los que Marchena veía motivos para sentar a Garzón en el banquillo se ajusta a la extorsión, que incluye el elemento intimidatorio ausente en el cohecho impropio. Si las compañías financiaron las actividades del ya ex juez fue por temor a las represalias, puesto que, como establece Marchena, «todas tenían en común haber sido objeto de investigación por hechos imputados a sus directivos en el propio juzgado del que era titular el acusado».
En el caso de que Garzón se librara finalmente por prescripción de estas gravísimas imputaciones, se habría escabullido de la Justicia por la puerta falsa que han venido utilizando esos poderosos de los que su entorno dice abominar; no por no haberse acreditado los hechos, sino por una demora de 25 días en denunciarlos.
En la instrucción de esta causa ha quedado patente el indigno papel de Garzón. En el auto de archivo, Marchena ratifica todos los elementos inculpatorios contra él. Acredita que, en contra de lo que dijo, recaudó dinero utilizando una «censurable estrategia de persuasión»; que tuvo un papel «relevante y decisivo» en la obtención de fondos; que solicitó hasta 2,6 millones de dólares, de los que logró 1,2; que su «metodología recaudatoria» era ruin, pues utilizaba el sobre con el «membrete oficial» de la Audiencia Nacional; y que,
una vez reincorporado a su Juzgado, archivó, «debiendo abstenerse», una querella contra el presidente del Santander -entidad que acababa de donarle 327.000 dólares para sus conferencias-, en una decisión en la que «el deber de imparcialidad que le incumbía fue infringido». Sería así injusto que todo ello quedara prescrito por tres semanas.
Hoy revelamos cómo empleaba Garzón los fondos de su mordida. La actividad académica era un pretexto para agasajar a personalidades influyentes y hacerse un hueco en los círculos internacionales de poder. Por eso invitó a personajes como Kissinger o Zedillo a una cena en Nueva York que costó 5.000 dólares. La presencia de González indica la absoluta falta de escrúpulos de quien fue primero su número dos en la lista del PSOE y luego pidió su imputación en el Supremo como X de los GAL.
Por ello, aunque creemos que hay motivos para estimar un recurso al archivo, lo esencial es que los ciudadanos no olviden la conducta de este ex juez prevaricador.
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