RESOLUCIÓN 2602 APROBADA EL 29-10-2021 POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL SÁHARA OCCIDENTAL

Resolución 2602 (2021). Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8890ª sesión, celebrada el 29 de octubre de 2021

El Consejo de Seguridad. Recordando y reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental,

Reafirmando su decidido apoyo a los esfuerzos del Secretario General y de su Enviado Personal por aplicar las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015), 2285 (2016), 2351 (2017), 2414 (2018), 2440 (2018), 2468 (2019), 2494 (2019) y 2548 (2020),

Rindiendo homenaje a Horst Köhler, anterior Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental, y encomiando sus esfuerzos relacionados con la celebración del proceso de mesas redondas, que dio impulso al proceso político,

Acogiendo con beneplácito el nombramiento de Staffan de Mistura como Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental e instando a que se reanude el proceso político con espíritu constructivo, sobre la base de los progresos alcanzados por el anterior Enviado Personal,
Acogiendo con beneplácito el impulso generado por la primera mesa redonda, celebrada los días 5 y 6 de diciembre de 2018, y la segunda mesa redonda, celebrada los días 21 y 22 de marzo de 2019, y la implicación de Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania en el proceso político de las Naciones Unidas sobre el Sáhara Occidental de manera seria y respetuosa, con el fin de encontrar elementos de convergencia,
Alentando a que se reanuden las consultas entre el Enviado Personal y Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania a este respecto para aprovechar los progresos alcanzados,

Reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a alcanzar una solución política justa, duradera y aceptable para todas ellas, basada en la avenencia, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y haciendo notar la función y las responsabilidades de las partes a este respecto,
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Reiterando su exhortación a Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania para que cooperen más plenamente entre sí, incluso mediante el fomento de una mayor confianza, y con las Naciones Unidas, así como para que intensifiquen su implicación en el proceso político y avancen hacia una solución política,
Reconociendo que el logro de una solución política a esta prolongada controversia y la mejora de la cooperación entre los Estados miembros de la Unión del Magreb Árabe contribuirían a la estabilidad y la seguridad, lo que a su vez generaría puestos de trabajo, crecimiento y oportunidades para todos los pueblos de la región del Sahel,

Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por seguir examinando atentamente todas las operaciones de mantenimiento de la paz, incluida la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), y reiterando la necesidad de aplicar un enfoque riguroso y estratégico a los despliegues de mantenimiento de la paz y gestionar eficazmente los recursos,

Recordando la resolución 2378 (2017) y su solicitud al Secretario General de que vele por que los datos relacionados con la eficacia de las operaciones de paz, incluidos los relativos al desempeño de las actividades de mantenimiento de la paz, se empleen para mejorar el análisis y la evaluación de las operaciones de las misiones, sobre la base de parámetros claros y bien definidos, y recordando además la resolución 2436 (2018) y su solicitud al Secretario General de que vele por que las decisiones para reconocer e incentivar el desempeño excepcional y las decisiones relativas al despliegue, las medidas correctivas, la capacitación, la retención de reembolsos y la repatriación del personal uniformado o el despido del personal civil se fundamenten en datos objetivos sobre el desempeño,

Recordando las resoluciones 2242 (2015) y 2538 (2020) y su aspiración de aumentar el número de mujeres en los contingentes militares y las fuerzas de policía de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas,

Reconociendo el importante papel que desempeña la MINURSO sobre el terreno y la necesidad de que cumpla plenamente su mandato, en particular la función de prestar apoyo al Enviado Personal con el fin de encontrar una solución política aceptable para todas las partes,
Observando con profunda preocupación la ruptura del alto el fuego,
Expresando preocupación por las violaciones de los acuerdos vigentes, reiterando la importancia de la plena adhesión a esos compromisos y tomando nota de los compromisos contraídos por el Frente POLISARIO con el anterior Enviado Personal,

Tomando nota de la propuesta marroquí presentada al Secretario General el 11 de abril de 2007 y acogiendo con beneplácito los esfuerzos serios y creíbles de Marruecos por hacer avanzar el proceso hacia una solución, y tomando nota también de la propuesta presentada al Secretario General por el Frente POLISARIO el 10 de abril de 2007,

Alentando a las partes, en ese contexto, a que sigan demostrando la voluntad política de alcanzar una solución, incluso ahondando en sus deliberaciones sobre las respectivas propuestas y volviendo a comprometerse con las gestiones de las Naciones Unidas con realismo y espíritu de avenencia, y alentando además a los países vecinos a que contribuyan al proceso político,

Alentando a las partes a que sigan cooperando con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en la formulación y
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aplicación de medidas de fomento de la confianza que ayuden a crear la confianza necesaria para el éxito del proceso político,

Destacando la importancia de mejorar la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de Tinduf, y alentando a las partes a que colaboren con la comunidad internacional para formular y aplicar medidas independientes y fidedignas que aseguren el pleno respeto de los derechos humanos, teniendo presentes las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional,

Alentando a las partes a que prosigan y prioricen sus respectivos esfuerzos por mejorar la promoción y protección de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de refugiados de Tinduf, incluidas las libertades de expresión y de asociación,

Acogiendo con beneplácito, a ese respecto, las medidas e iniciativas adoptadas por Marruecos y el papel desempeñado por las comisiones del Consejo Nacional de Derechos Humanos en Dajla y El Aaiún, y la interacción de Marruecos con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

Alentando enérgicamente a que se brinde una mayor cooperación a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), incluso facilitando las visitas a la región,

Observando con profunda preocupación las penurias que siguen padeciendo los refugiados saharauis y su dependencia de la asistencia humanitaria externa, así como los efectos de la pandemia de COVID-19, y observando con profunda preocupación además la insuficiencia de los fondos destinados a quienes viven en los campamentos de refugiados de Tinduf y los riesgos que conlleva la reducción de la asistencia alimentaria,

Reiterando su solicitud de que se considere la posibilidad de proceder a la inscripción de los refugiados en los campamentos de Tinduf y poniendo de relieve la necesidad de que se haga un esfuerzo en este sentido,
Recordando sus resoluciones 1325 (2000) y 2250 (2015) y las resoluciones conexas, destacando la importancia de que las partes se comprometan a continuar el proceso de negociación mediante las conversaciones auspiciadas por las Naciones Unidas, y alentando la participación plena, efectiva y significativa de las mujeres y la participación activa y significativa de la juventud en esas conversaciones,
Reconociendo que el statu quo no es aceptable, y observando además que los progresos de las negociaciones son esenciales para mejorar la calidad de vida del pueblo del Sáhara Occidental en todos sus aspectos,
Afirmando su pleno apoyo al Representante Especial del Secretario General para el Sáhara Occidental y Jefe de la MINURSO, Alexander Ivanko, habiendo examinado el informe del Secretario General de 1 de octubre de 2021 (S/2021/843),

1. Decide prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 31 de octubre de 2022;

2. Pone de relieve la necesidad de alcanzar una solución política a la cuestión del Sáhara Occidental que sea realista, viable, duradera y aceptable para todas las partes y esté basada en la avenencia, así como la importancia de adaptar el enfoque estratégico de la MINURSO y orientar los recursos de las Naciones Unidas con ese fin;
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3. Expresa su pleno apoyo a los esfuerzos del Secretario General y su Enviado Personal por facilitar el proceso de negociaciones a fin de alcanzar una solución a la cuestión del Sáhara Occidental, observa que el anterior Enviado Personal tenía la intención de invitar a Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania a que volvieran a celebrar reuniones con el mismo formato, y acoge con beneplácito la implicación de Marruecos, el Frente POLISARIO, Argelia y Mauritania durante todo ese proceso, con realismo y espíritu de avenencia, para asegurar un resultado satisfactorio;

4. Exhorta a las partes a que reanuden las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General sin condiciones previas y de buena fe, teniendo en cuenta los esfuerzos realizados desde 2006 y los acontecimientos posteriores, con miras a lograr una solución política justa, duradera y aceptable para todas ellas que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y hace notar la función y las responsabilidades de las partes a este respecto;

5. Invita a los Estados Miembros a que presten la asistencia apropiada a esas conversaciones;

6. Reafirma la necesidad de que se respeten plenamente los acuerdos militares concertados con la MINURSO respecto del alto el fuego y exhorta a las partes a que se adhieran plenamente a esos acuerdos, cumplan sus compromisos con el anterior Enviado Personal y se abstengan de emprender cualquier acción que pueda menoscabar las negociaciones facilitadas por las Naciones Unidas o desestabilizar aún más la situación en el Sáhara Occidental;

7. Reitera su exhortación a todas las partes para que cooperen plenamente con la MINURSO, incluida su libre interacción con todos los interlocutores, y tomen las medidas necesarias para garantizar la seguridad, la circulación sin trabas y el acceso inmediato del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado en la ejecución de su mandato, de conformidad con los acuerdos vigentes;

8. Pone de relieve la importancia de que las partes renueven su compromiso de hacer avanzar el proceso político como preparación de las negociaciones ulteriores, recuerda que hizo suya la recomendación formulada en el informe de 14 de abril de 2008 (S/2008/251) en el sentido de que el realismo y el espíritu de avenencia de las partes son esenciales para lograr progresos en las negociaciones, y alienta a los países vecinos a que hagan importantes contribuciones activas a este proceso;

9. Exhorta a las partes a que den muestras de voluntad política y colaboren en una atmósfera propicia para el diálogo a fin de hacer avanzar las negociaciones, asegurando así la aplicación de las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015), 2285 (2016), 2351 (2017), 2414 (2018), 2440 (2018), 2468 (2019), 2494 (2019) y 2548 (2020) y el éxito de las negociaciones;

10. Solicita al Secretario General que lo informe periódicamente y en cualquier momento que estime oportuno durante el período del mandato, en particular dentro de los seis meses siguientes a la prórroga de este mandato y una vez más antes de que expire, sobre el estado y la marcha de las negociaciones que se desarrollan bajo sus auspicios, la aplicación de la presente resolución, la evaluación de las operaciones de la MINURSO y las medidas adoptadas para resolver los problemas, expresa su intención de reunirse para recibir y examinar dicha información, y a ese respecto solicita además al Secretario General que presente un informe sobre la situación en el Sáhara Occidental con suficiente antelación antes de que finalice el mandato;
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11. Acoge con beneplácito las iniciativas emprendidas por el Secretario General para estandarizar la cultura del desempeño en las actividades de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, y reafirma su apoyo a la elaboración de un marco normativo amplio e integrado sobre el desempeño que defina normas claras para evaluar a todo el personal civil y uniformado de las Naciones Unidas que trabaja en las operaciones de mantenimiento de la paz y les presta apoyo, facilite el cumplimiento pleno y efectivo de los mandatos e incluya metodologías integrales y objetivas basadas en parámetros de referencia claros y bien definidos para asegurar que se rindan cuentas en los casos de desempeño insatisfactorio y se incentive y reconozca el desempeño excepcional, y lo exhorta a que aplique a la MINURSO ese marco, descrito en la resolución 2436 (2018), y solicita al Secretario General que procure aumentar el número de mujeres en la MINURSO y asegurar la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en todos los aspectos de las operaciones;

12. Insta a las partes y a los Estados vecinos a que colaboren de manera productiva con la MINURSO para que esta siga estudiando formas de utilizar las nuevas tecnologías con el fin de reducir los riesgos, mejorar la protección de la fuerza y cumplir mejor su mandato;

13. Alienta a las partes a que cooperen con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados a fin de definir y aplicar medidas de fomento de la confianza, incluidas medidas para promover la participación de las mujeres y la juventud, y alienta a los Estados vecinos a que apoyen esos esfuerzos;

14. Insta a los Estados Miembros a que hagan contribuciones voluntarias nuevas y adicionales para financiar los programas de alimentos con miras a garantizar que se atiendan de manera adecuada las necesidades humanitarias de los refugiados y evitar la reducción de las raciones alimentarias;

15. Solicita al Secretario General que siga adoptando las medidas necesarias para asegurar que todo el personal de la MINURSO cumpla plenamente la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales y que, mediante los informes que le presente, lo mantenga al corriente de los progresos de la Misión a ese respecto, e insta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que sigan tomando las medidas preventivas apropiadas, incluidas la investigación de antecedentes de todo el personal y la concienciación previa al despliegue y en la Misión, y a que aseguren la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal mediante la investigación oportuna de las denuncias por parte de los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y de la MINURSO, según proceda;

16. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

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